Ir al contenido principal
Verifactu 2026 Obligatorio 2027

Verifactu 2026: la nueva factura electrónica obligatoria

· Equipo PlantillaGratis

Verifactu cambia la forma de facturar en España. Autónomos, PYMES y sociedades deben adaptarse antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) o del 1 de julio de 2027 (resto, autónomos incluidos). Aquí tienes todo lo que necesitas para no llegar tarde.

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento de sistemas informáticos de facturación. Se apoya en el RD 1007/2023 y en la Ley 11/2021 de Antifraude. El software de facturación debe cumplir requisitos técnicos de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad, y, en la modalidad VERI*FACTU, remitir los registros a Hacienda.

¿A quién afecta?

A autónomos y sociedades de territorio común que facturan con un sistema informático. Quedan fuera el País Vasco (TicketBAI) y Navarra (normativa foral propia), quienes están en el SII y quien factura a mano sin programa. Según el Real Decreto-ley 15/2025, Verifactu se aplica antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, autónomos incluidos.

¿Cómo te afecta si ya usas un programa de facturación?

Depende del proveedor: pídele su declaración responsable, que es lo que acredita que su programa cumple. Si facturas en Excel o Word: Según la AEAT, el reglamento no afecta a Word o Excel si solo los usas para redactar, imprimir y guardar facturas; sí, si además generan libros registro, contabilidad u otros resultados para tus impuestos.

Opciones para cumplir con Verifactu

Principalmente tres: (1) un programa de pago cuyo fabricante te entregue su declaración responsable, (2) un programa gratuito en las mismas condiciones, (3) la aplicación gratuita básica que la AEAT ofrece en su sede. Esta última opción es válida si emites pocas facturas al mes.

Plantilla de factura y Verifactu

Hasta tu fecha, y después si solo usas la plantilla para redactar e imprimir (según la AEAT), puedes emitir facturas en Word/Excel. Aquí tienes nuestra plantilla de factura con los campos mínimos exigidos listos para rellenar.

El marco normativo detrás de Verifactu 2026

Para entender qué obliga exactamente Verifactu y por qué, hay que partir de tres textos legales que se encadenan:

  • Ley 11/2021 de Medidas de Prevención del Fraude Fiscal: prohíbe el llamado «software de doble uso» o programas que permitan llevar contabilidades ocultas, eliminar transacciones o alterar los registros de facturación sin dejar rastro. Esta ley sanciona directamente a las empresas que vendan o usen ese tipo de software.
  • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre: desarrolla reglamentariamente la ley anterior. Fija los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier sistema informático de facturación (SIF): integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. También regula el sistema Verifactu como modalidad de envío a la AEAT.
  • Orden HAC/1177/2024: publicada en octubre de 2024, especifica los formatos técnicos de los registros, el contenido mínimo de cada bloque de datos y las especificaciones del código QR que debe aparecer en cada factura.
Resumen en una frase: La Ley Antifraude pone el objetivo; el RD 1007/2023 diseña el instrumento; la Orden de 2024 fija los tornillos. Si tu software cumple el RD y la Orden, cumple la ley.

Hay que tener claro un punto importante que genera bastante confusión: Verifactu y la factura electrónica B2B obligatoria (Ley Crea y Crece, Ley 18/2022) son normas distintas con calendarios distintos. La primera regula el sistema informático de facturación. La segunda regula el formato de la factura que se intercambia con otros empresarios. Ambas van a convivir, y ambas afectarán a la mayoría de autónomos y PYMES a lo largo de 2026 y 2027. Si tu asesor solo te ha hablado de una, pide información sobre la otra.

Calendario de obligatoriedad Verifactu: fechas clave 2026 y 2027

El Real Decreto-ley 15/2025 fija dos fechas que dependen del impuesto que pagues:

Tipo de contribuyente Fecha obligatoria Base legal
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades Antes del 1 de enero de 2027 RD 1007/2023, disp. final 4.ª (redacción del RDL 15/2025)
Autónomos (personas físicas empresarios) Antes del 1 de julio de 2027 RD 1007/2023, disp. final 4.ª (redacción del RDL 15/2025)
Profesionales (IRPF) Antes del 1 de julio de 2027 RD 1007/2023, disp. final 4.ª (redacción del RDL 15/2025)
Territorios forales (País Vasco y Navarra) TicketBAI (País Vasco) o normativa navarra Normativa foral propia
Grandes empresas (facturación > 6 M € SII) Excluidas de Verifactu mientras estén en el SII Consultar con gestor fiscal
Ojo con el plazo real: si eres una sociedad, tu programa debe estar adaptado antes del 1 de enero de 2027. Si aún no lo has adaptado, habla con tu asesor fiscal.

Existe también un periodo de adaptación para los fabricantes de software. Los productores de sistemas informáticos de facturación tuvieron hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer productos adaptados, con su declaración responsable (no existe certificación oficial). Si tu proveedor no te la da, considera cambiar de herramienta.

Requisitos técnicos que debe cumplir tu software de facturación

El RD 1007/2023 no exige un software concreto, pero sí impone unas características mínimas que el sistema informático de facturación (SIF) debe garantizar. Estos son los seis pilares:

1. Integridad

Cada registro de factura debe quedar protegido mediante firma electrónica o hash encadenado. Una vez emitida, la factura no puede modificarse sin que quede constancia técnica del cambio.

2. Conservación

El sistema debe conservar todos los registros durante el tiempo que marca la normativa tributaria (generalmente 4 años, extendibles según el caso). No se pueden borrar facturas del historial.

3. Accesibilidad

Hacienda puede solicitar en cualquier momento el acceso a los registros. El sistema debe permitir su exportación en los formatos específicados (XML con estructura VERI*FACTU).

4. Legibilidad

Los registros deben poder leerse sin necesidad de software propietario adicional. El formato XML está pensado para ser procesable por la AEAT de manera automática.

5. Trazabilidad

Cada registro incluye un identificador único y la referencia al registro anterior (hash encadenado). Esto permite a Hacienda detectar huecos en la numeración o registros eliminados.

6. Inalterabilidad

El software no puede incluir funciones ocultas que permitan alterar, ocultar o duplicar registros sin dejar huella auditora. Esto es lo que la Ley Antifraude llama prohibición del «software de doble uso».

El código QR obligatorio en cada factura

Desde la entrada en vigor, cada factura emitida debe llevar un código QR generado por el software y que enlaza con la sede electrónica de la AEAT. Cualquier persona (el propio emisor, el receptor o un tercero) puede escanear ese QR y comprobar que esa factura figura en los registros de Hacienda. Es el mecanismo de verificación que da nombre al sistema: Verifactu = verificar factura.

El QR contiene la huella digital del registro (hash), el NIF del emisor, el número de factura y el importe. Ese enlace apunta a la búsqueda pública de la AEAT, donde cualquiera puede confirmar la autenticidad del documento.

Modalidad Verifactu vs. modalidad no-Verifactu

El reglamento distingue dos formas de cumplir:

Característica Modalidad Verifactu Modalidad no-Verifactu
Envío a AEAT Sí: el programa envía los registros No se envía; se almacena localmente
QR en factura Sí, verificable online por receptor Sí (la AEAT no tiene el registro hasta que se le aporta)
Disponibilidad de datos para AEAT Al recibir cada registro Bajo requerimiento o inspección
Ventaja principal Mayor confianza con clientes B2B Sin dependencia de conectividad online
¿Cumple la ley? Sí Sí, con los requisitos adicionales de esta modalidad

Para la mayoría de autónomos y pymes pequeñas que trabajan con internet, la modalidad Verifactu con envío automático es la más sencilla de gestionar.

Software de facturación y Verifactu: comparativa

No existe un «sello oficial Verifactu» expedido por la AEAT como si fuera un certificado. Lo que existe es una declaración responsable del fabricante, comprobable por Hacienda en cualquier inspección. Estos son algunos programas habituales en el mercado; no hemos verificado su cumplimiento, así que pide a cada uno su declaración responsable antes de contratar:

Software Tipo Modalidad
Holded SaaS ERP/facturación Consulta su declaración responsable
Quipu SaaS autónomos/pymes Consulta su declaración responsable
Anfix SaaS contabilidad+facturación Consulta su declaración responsable
Contasimple SaaS autónomos Consulta su declaración responsable
Sage 50 Escritorio/SaaS híbrido Consulta su declaración responsable
ContaSOL / Factusol Escritorio Consulta su declaración responsable
Portal AEAT (sede electrónica) Público y gratuito Consulta su declaración responsable

Precios: los fija cada fabricante por plan y cambian con las promociones; consúltalos en la web de cada proveedor.

Opción gratuita para autónomos con pocas facturas: La AEAT ofrece en su sede electrónica una aplicación gratuita básica para emitir facturas; comprueba allí si cubre tu caso.

Antes de contratar cualquier software, comprueba dos cosas en la web del fabricante: (1) que menciona expresamente el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, y (2) que especifica si opera en modalidad Verifactu o no-Verifactu. Cualquier duda, trasládala a tu asesor fiscal o gestor administrativo.

Sanciones por incumplir Verifactu 2026

La Ley 11/2021 de Antifraude modificó la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) para incluir un régimen sancionador específico para el uso de software que no cumpla los requisitos. Las sanciones se dividen en dos bloques:

Sanciones a los fabricantes de software

Multa fija de 150.000 euros por cada ejercicio con ventas y por cada tipo de sistema a quien fabrique o comercialice programas que permitan llevar contabilidades distintas, ocultar o alterar transacciones, o que no cumplan las especificaciones técnicas.

Sanciones a los usuarios (empresas y autónomos)

Multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio a quien tenga un sistema que no cumpla el reglamento o lo haya alterado. Las dos son infracciones graves del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria; no dependen del número de facturas.

Hay que remarcar que el riesgo no es solo económico. Cuando la obligación te alcance, cualquier cliente podrá escanear el QR de tu factura. Si la factura no aparece verificada en la web de la AEAT, el cliente tendrá motivos para desconfiar de la empresa. Eso genera un riesgo reputacional real en relaciones B2B, especialmente en sectores donde la auditoría interna del cliente ya exige proveedores con facturación conforme.

Cómo adaptarte a Verifactu paso a paso

Si eres sociedad (plazo: antes del 1-1-2027) y aún no has movido ficha, lo primero es no entrar en pánico y seguir estos pasos con orden:

1

Audita tu sistema de facturación actual

Identifica qué herramienta usas hoy: Excel, Word, un SaaS, un ERP instalado… Anota el nombre y versión exacta. Luego visita la web del fabricante y busca información sobre su adaptación al RD 1007/2023.

2

Consulta con tu asesor fiscal o gestor administrativo

Tu gestor ya conoce tu situación concreta (tipo de contribuyente, volumen de facturas, sector). Que te confirme si ya eres sujeto obligado y qué software recomienda para tu caso.

3

Elige y activa el software Verifactu

Si tu SaaS actual ya está adaptado, activa la opción Verifactu en ajustes (suele ser un botón o un parámetro). Si necesitas cambiar de herramienta, haz una prueba gratuita antes de contratar. Recuerda que ContaSOL/Factusol son opciones sin coste adicional.

4

Emite una factura de prueba y verifica el QR

Antes de emitir facturas reales, genera una de prueba, escanea el QR y comprueba que aparece en la sede de la AEAT. Eso te confirma que el sistema está funcionando correctamente de punta a punta.

5

Actualiza tus plantillas de factura

Si usas plantillas propias o las compartes con empleados, asegúrate de que los campos obligatorios del RD 1007/2023 están todos presentes. Puedes descargar nuestra plantilla compatible como referencia de campos mínimos.

6

Forma a tu equipo administrativo

Si tienes personal que gestiona la facturación, asegúrate de que entienden los cambios: ya no se puede modificar una factura emitida sin trazar el cambio, y no se pueden eliminar registros del historial.

Para autónomos con la fecha de julio de 2027 en el horizonte, el consejo es el mismo pero con menos urgencia: aprovecha estos doce meses para migrar con calma, comparar opciones y elegir sin presión. El mayor error es esperar al último mes, cuando los proveedores de software y los gestores estarán saturados.

Verifactu, TicketBAI y factura electrónica B2B: diferencias clave

Uno de los puntos que más confusión genera es distinguir Verifactu de los otros dos sistemas con los que coincide en el tiempo. Aquí va un resumen directo:

Sistema ¿Quién lo regula? ¿Dónde aplica? ¿Desde cuándo? ¿Qué regula?
Verifactu AEAT (territorio común) España exc. PV y Navarra 2026 (IS) / 2027 (resto) El software de facturación
TicketBAI Haciendas forales (PV + Navarra) País Vasco y Navarra 2020-2024 (ya vigente) El software de facturación
Factura electrónica B2B Estado (Ley Crea y Crece) Todo el territorio nacional 2025-2027 (escalonado) El formato del documento factura

La confusión habitual surge porque muchos proveedores de software venden su adaptación a Verifactu y a la factura electrónica B2B dentro del mismo paquete. Eso es cómodo, pero conviene saber que son dos exigencias legales distintas con bases normativas propias.

Si tienes actividad en el País Vasco o Navarra y también en territorio común, tu software necesitará manejar ambos sistemas. Es un caso relativamente frecuente en empresas con sedes en varias comunidades autónomas.

Checklist Verifactu para autónomos: 12 puntos antes del 1 de julio de 2027

Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio de 2027. Pero usar ese tiempo de forma inteligente marca la diferencia entre adaptarte con calma o correr al último momento. Repasa esta lista con tu gestor:

  • Confirmé con mi gestor que soy sujeto obligado a Verifactu (y no solo TicketBAI por domicilio foral).
  • Sé qué software de facturación uso actualmente y conozco su nombre y versión.
  • He comprobado en la web del fabricante que está adaptado al RD 1007/2023.
  • He activado o tengo previsto activar la opción Verifactu en mi software antes del 1-7-2027.
  • Si uso Excel o Word, he buscado un sustituto compatible y evalúo migrar antes del plazo.
  • Conozco la diferencia entre modalidad Verifactu (envío automático) y no-Verifactu (registro local).
  • He comprobado que mis facturas incluyen todos los campos obligatorios del RD 1007/2023.
  • He hecho una factura de prueba y escaneado el QR para confirmar que aparece en la sede de la AEAT.
  • Sé que no puedo eliminar facturas del historial una vez emitidas (solo anular con nota de abono).
  • He revisado si mis clientes B2B ya exigen facturas verificadas Verifactu en sus condiciones de proveedor.
  • Conozco que Verifactu y la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) son normativas distintas.
  • He guardado en un lugar accesible la documentación de mi software que acredita su conformidad con el RD.

Puedes descargar esta lista en formato imprimible junto con la página de checklist para autónomos.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu 2026

Aviso: La información aquí publicada es orientativa y está actualizada a 2026-07-01. La normativa Verifactu puede sufrir modificaciones; consulta siempre con tu asesor fiscal o con la AEAT antes de tomar decisiones técnicas o legales.

¿Ya tienes tu plantilla lista?

Descarga gratis una plantilla de factura mientras decides tu software.

Descargar plantilla compatible