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Contrato Freelance: Plantilla para Autónomos

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Un contrato freelance es un contrato mercantil de prestación de servicios (arrendamiento de servicios de los arts. 1544 y 1583 y siguientes del Código Civil) entre un profesional autónomo y su cliente. Debe fijar por escrito el objeto del encargo, el precio, la forma y plazo de pago, la propiedad intelectual del resultado, la confidencialidad y, si hay tratamiento de datos personales, las obligaciones del art. 28 del RGPD. No es un contrato laboral: si el cliente controla tu horario, tus medios de trabajo y tu forma de ejecutar la tarea, la relación puede reclasificarse como laboral aunque la llaméis "freelance".

Qué es un contrato freelance y para qué sirve

Trabajar sin contrato deja tu negocio expuesto a tres riesgos concretos: impagos sin nada que reclamar más allá de un email, discusiones sobre qué entra y qué no entra en el encargo, y dudas sobre quién puede usar el resultado una vez entregado. Un contrato mercantil de prestación de servicios resuelve los tres de una vez porque obliga a las dos partes a fijar, antes de empezar, qué se hace, cuánto se cobra, cuándo se paga, qué pasa si el proyecto cambia de alcance y quién es dueño del resultado final.

La base legal es sencilla: el art. 1544 del Código Civil define el arrendamiento de servicios como aquel en que una parte se obliga a ejecutar una obra o a prestar un servicio a la otra a cambio de un precio cierto. Los arts. 1583 y siguientes desarrollan las obligaciones de quien presta el servicio. No hace falta escritura pública ni notario: un documento firmado por ambas partes (o aceptado por email de forma inequívoca) es plenamente válido como prueba en caso de conflicto.

Esta plantilla está pensada para encargos habituales de un freelance: diseño, desarrollo, redacción, consultoría, marketing, fotografía o cualquier servicio profesional prestado de forma puntual o recurrente a otra empresa o profesional. No sustituye el asesoramiento de un abogado en encargos de importe elevado, con cesión de propiedad intelectual compleja o con cláusulas de exclusividad prolongada.

Contrato mercantil vs. contrato laboral: cómo evitar el falso autónomo

La diferencia entre un freelance y un empleado no depende de cómo se titule el contrato, sino de cómo se ejecuta la relación en la práctica. El art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores define el contrato de trabajo por la concurrencia de dependencia (el empresario organiza y dirige el trabajo) y ajenidad (los frutos del trabajo y los riesgos económicos son del empresario, no del trabajador). Cuando esos dos elementos aparecen de forma sostenida en una relación etiquetada como "freelance", hay riesgo de que la Inspección de Trabajo o un juzgado de lo social la reclasifiquen como laboral, con efectos retroactivos en cotizaciones y posibles sanciones para el cliente.

"El contrato de trabajo tiene por objeto la prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona" — art. 1.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores.

Indicios de laboralidad que conviene evitar en el contrato y en la práctica diaria

Ninguno de estos indicios es determinante por sí solo, pero su acumulación pesa en cualquier revisión: horario fijo impuesto por el cliente, exigencia de exclusividad sin retribución específica por ello, medios de trabajo (ordenador, licencias, oficina) que pone el cliente, integración en la estructura organizativa del cliente (correo corporativo, asistencia a reuniones internas obligatorias, dependencia jerárquica de un responsable del cliente), facturación mensual idéntica en concepto e importe mes tras mes sin relación con hitos entregados, y ausencia de riesgo económico real (el freelance no asume coste alguno si el resultado no sirve).

Qué es un TRADE y cuándo hay que registrarlo en el SEPE

Si prevés que un único cliente representará el 75 % o más de tus ingresos por actividades económicas y profesionales, encajas en la figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE), regulada por la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo. El TRADE conserva su condición de autónomo (organiza su propio trabajo con medios propios) pero la ley le reconoce protecciones específicas frente a ese cliente principal: preaviso para resolver el contrato, indemnización si se resuelve de forma injustificada y derecho a un descanso semanal y anual asimilable al de un trabajador. La ley exige que el contrato con el cliente principal sea por escrito y se registre en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de diez días hábiles desde la firma. No registrarlo no invalida el contrato, pero deja sin efecto la protección específica del TRADE en caso de conflicto.

ElementoContrato laboralContrato mercantil (freelance)TRADE
Norma aplicableEstatuto de los TrabajadoresCódigo Civil, arts. 1544 y 1583 ss.Ley 20/2007 (Estatuto del Trabajo Autónomo)
Quién dirige el trabajoEl empresarioEl propio freelanceEl propio freelance, con dependencia económica de un cliente
Medios de trabajoLos pone el empresarioLos pone el freelanceLos pone el freelance
Régimen de cotizaciónRégimen GeneralRETA (autónomos)RETA, con bonificaciones específicas posibles
Obligación de registroAlta en Seguridad Social por el empresarioNinguna sobre el contrato en síRegistro del contrato en el SEPE en 10 días hábiles

Las cláusulas imprescindibles de un contrato freelance

Un contrato de prestación de servicios sólido no necesita ser largo, pero sí completo. Estas son las cláusulas que no deberían faltar en ningún encargo, con independencia de su importe:

Objeto del contrato y alcance del trabajo

Describe con precisión qué se entrega, en qué formato, con qué número de revisiones incluidas y qué queda explícitamente fuera del alcance. Un alcance cerrado es la mejor defensa frente al "scope creep" (el cliente pide "solo un cambio más" indefinidamente): cualquier tarea añadida fuera de lo pactado debe valorarse y aceptarse por escrito antes de ejecutarla, aunque sea por email.

Precio, forma de pago y morosidad

Fija el precio total o la tarifa por hora/día, la forma de pago (transferencia, en cuántos plazos) y la fecha o hito que dispara cada pago. Entre empresas y profesionales, la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales establece un plazo máximo de pago de 60 días naturales desde la recepción de la factura o desde la fecha de conformidad del servicio, salvo que se pacte un plazo menor; un pacto que amplíe ese plazo por encima del máximo legal puede considerarse abusivo. Superado el plazo, el acreedor tiene derecho automático al interés de demora legal y a una compensación por los costes de cobro, sin necesidad de reclamarlo expresamente en el contrato.

Plazos, revisiones y penalización por retraso

Define fechas de entrega por hito, no solo una fecha final, y qué pasa si el retraso lo causa el cliente (por ejemplo, tarda en dar el visto bueno o en entregar materiales). Es razonable incluir una cláusula de penalización simétrica: si el freelance se retrasa sin causa justificada, aplica un descuento pactado; si el cliente retrasa el pago, aplica el interés de demora legal.

Resolución anticipada del contrato

Prevé qué ocurre si cualquiera de las partes quiere dar por terminado el encargo antes de completarlo: preaviso mínimo, pago de las horas o hitos ya ejecutados y, si aplica, una indemnización por cancelación de proyectos en marcha. Sin esta cláusula, cancelar a mitad de proyecto se convierte en un conflicto sobre qué parte del trabajo ya realizado hay que cobrar.

Propiedad intelectual: quién es dueño del resultado

Por defecto, la autoría y los derechos de propiedad intelectual sobre una obra (diseño, código, texto, fotografía, ilustración) pertenecen a quien la crea, según el Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual. El pago del encargo no transmite automáticamente esos derechos: sin una cláusula expresa de cesión, el cliente adquiere como máximo una licencia de uso limitada al fin para el que se contrató el servicio, no la titularidad plena.

Una cláusula de cesión bien redactada debe precisar: qué derechos se ceden (reproducción, distribución, comunicación pública, transformación), si la cesión es en exclusiva o no, el ámbito territorial y temporal, y el momento en que se hace efectiva (lo habitual y recomendable es condicionarla al pago íntegro del precio, de forma que si el cliente no paga, los derechos no llegan a transmitirse). Si el freelance quiere reutilizar parte del trabajo en su porfolio o en otros proyectos (por ejemplo, componentes de código reutilizables o un estilo visual propio), conviene reservarse expresamente ese derecho en el contrato.

"La cesión otorgada por el autor a título oneroso le confiere al cesionario los derechos de explotación en los términos previstos en la propia cesión, sin que en ningún caso pueda entenderse que hay cesión de derechos no previstos expresamente" — principio general del Título V del Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual.

Confidencialidad y protección de datos (RGPD)

La cláusula de confidencialidad debe ser mutua: protege la información sensible del cliente (estrategia, clientes, precios) pero también tu propio conocimiento y metodología de trabajo, para que no se interprete que todo lo que aprendes o desarrollas durante el encargo pasa a ser secreto del cliente de forma indefinida. Conviene fijar su duración tras la finalización del contrato (habitualmente entre 2 y 5 años) y dejar fuera la información que ya era pública o que ya conocías por otra vía.

Si en el marco del encargo accedes o tratas datos personales por cuenta del cliente (gestionas su CRM, envías sus campañas de email, administras su base de clientes), pasas a ser encargado del tratamiento en los términos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El art. 28 del RGPD exige que exista un contrato u otro acto jurídico vinculante que regule, como mínimo: el objeto y duración del tratamiento, la naturaleza y finalidad del tratamiento, el tipo de datos y categorías de interesados afectados, las obligaciones y derechos del responsable, las medidas de seguridad aplicables y el destino de los datos (borrado o devolución) al finalizar la prestación del servicio. Sin este contrato de encargado del tratamiento, ambas partes incumplen el RGPD aunque el contrato principal de servicios esté correctamente firmado.

Facturación e IRPF para freelancers

Si facturas como profesional (actividad económica encuadrada en la Sección Segunda de las tarifas del IAE, es decir, actividades profesionales) a otra empresa o a otro profesional, tu factura debe incluir la retención de IRPF a cuenta. El tipo general es del 15 % sobre la base. Existe un tipo reducido del 7 % aplicable durante el año de inicio de la actividad profesional y los dos siguientes, siempre que no hubieras ejercido una actividad profesional en los doce meses anteriores al inicio. Si facturas a un particular, habitualmente no procede retención (el particular no está obligado a retener); si tu actividad es de venta de producto y no de servicio profesional, tampoco suele aplicar.

SituaciónRetención de IRPFRequisito
Factura a empresa o profesional (actividad profesional)15 %Tipo general desde el cuarto año de actividad
Año de inicio y los dos siguientes7 %No haber ejercido actividad profesional en los 12 meses anteriores al inicio
Factura a un particularSin retención (norma general)El particular no es obligado a retener
Venta de producto (no servicio profesional)Sin retención (norma general)La actividad no está en la Sección Segunda del IAE

Recuerda también repercutir el IVA que corresponda a tu actividad (el general es el 21 %, salvo actividades exentas o con régimen especial) y consultar con tu asesor fiscal antes de aplicar cualquier tipo reducido o exención, porque la casuística cambia según tu situación concreta y la comunidad autónoma.

Cómo negociar mejores condiciones como freelance

Un contrato bien redactado no solo te protege: también es una herramienta de negociación. Solicitar un anticipo del 30-50 % antes de empezar reduce tu riesgo de impago y filtra a los clientes que no tienen intención real de pagar. Vincular los pagos a hitos entregables (en vez de a fechas fijas) alinea el cobro con el trabajo realizado. Limitar el número de revisiones incluidas y cobrar aparte las adicionales evita que el proyecto se alargue de forma indefinida sin compensación. Y fijar por escrito la propiedad intelectual y la confidencialidad desde el principio transmite profesionalidad y evita negociaciones incómodas cuando ya has entregado el trabajo.

Si el cliente propone su propio contrato tipo, léelo con atención antes de firmar: presta especial cuidado a cláusulas de exclusividad no retribuida, cesiones de propiedad intelectual sin límite temporal ni territorial, penalizaciones desproporcionadas por retraso y plazos de pago superiores a los 60 días que marca la ley entre empresas.

Arrendamiento de servicios vs. contrato de obra: qué firma realmente un freelance

Dentro del Código Civil, el art. 1544 agrupa dos figuras que conviene distinguir porque cambian la obligación que asumes. En el arrendamiento de servicios, te obligas a poner tu trabajo, tiempo y diligencia a disposición del cliente (obligación de medios): cumples si actúas con la diligencia debida, aunque el resultado final no sea exactamente el que el cliente esperaba. En el contrato de obra (arts. 1588 y siguientes), te obligas a entregar un resultado concreto (obligación de resultado): si el resultado no se produce o no cumple lo pactado, no se considera cumplido el contrato aunque hayas dedicado muchas horas.

La mayoría de encargos de consultoría, gestión de redes sociales, mentoring o asesoramiento se ajustan mejor al arrendamiento de servicios, porque el freelance no puede garantizar un resultado de negocio (por ejemplo, un número de ventas o de seguidores), solo su trabajo profesional. En cambio, encargos como el desarrollo de una web con funcionalidades definidas, un diseño de logotipo o la redacción de un informe con un contenido cerrado se parecen más a un contrato de obra, porque hay un entregable concreto y verificable. Identificar cuál de las dos figuras aplica a tu encargo ayuda a redactar correctamente la cláusula de aceptación del trabajo: en un contrato de obra tiene sentido exigir un acta de recepción o conformidad expresa; en un arrendamiento de servicios, basta con acreditar que el servicio se prestó conforme a lo pactado.

Errores frecuentes al firmar (o al no firmar) un contrato freelance

Trabajar solo con presupuesto aceptado por email, sin cláusula de propiedad intelectual ni de confidencialidad, es el error más común y el que más problemas genera cuando el proyecto crece o cuando hay que reclamar un impago. Otros errores habituales: no fijar fecha de pago concreta (solo "al finalizar el proyecto", sin definir cuándo se considera finalizado), aceptar cesiones de propiedad intelectual "totales y para todo el mundo" sin condicionarlas al pago, o no dejar constancia escrita de los cambios de alcance que el cliente va pidiendo sobre la marcha. Ninguno de estos errores requiere un contrato largo para evitarse: basta con que las cláusulas anteriores estén presentes y sean claras.

Modelos de contrato freelance según el tipo de colaboración

No todos los encargos se estructuran igual, y el contrato debe adaptarse al modelo de colaboración real, no al revés. Estos son los tres formatos más habituales entre freelancers y sus clientes:

Proyecto cerrado (precio fijo)

El cliente paga un precio fijo por un resultado definido de antemano (una web, un logotipo, un informe). Es el formato que exige el alcance más detallado, porque cualquier ambigüedad en la descripción del entregable se traduce en discusión sobre si algo "estaba incluido" o no. Conviene dividir el pago en al menos dos o tres hitos (por ejemplo, 40 % al inicio, 30 % en una entrega intermedia y 30 % en la entrega final) para no asumir todo el riesgo de cobro al final del proyecto.

Iguala o retainer mensual

El cliente paga una cantidad fija cada mes a cambio de una disponibilidad o un número de horas, sin que cada tarea se facture por separado. Aquí el riesgo de falso autónomo aumenta si la relación se prolonga en el tiempo y el cliente empieza a fijar horarios o a exigir exclusividad: conviene revisar periódicamente si sigues cumpliendo los criterios de un contrato mercantil o si, sin quererlo, la relación se ha ido pareciendo a la de un empleado. Es también el modelo típico en el que aparece la figura del TRADE si ese cliente supera el 75 % de tus ingresos.

Facturación por horas o por día (destajo)

El freelance cobra según el tiempo dedicado, con un tope de horas mensuales o por hito. Este modelo exige dejar claro cómo se registra y se aprueba el tiempo (parte de horas, herramienta de control, aprobación semanal) para evitar disputas al final del mes sobre cuántas horas se han trabajado realmente.

Qué hacer si el cliente no paga

Antes de acudir a la vía judicial, el primer paso es una reclamación extrajudicial por escrito (email certificado o burofax) que deje constancia de la fecha de la reclamación: es relevante porque desde ese momento corren intereses de demora y porque interrumpe el plazo de prescripción de la acción para reclamar la deuda. La reclamación debe incluir la factura, el contrato o presupuesto aceptado y un plazo razonable para el pago antes de anunciar el siguiente paso.

Si la deuda está bien documentada (factura, contrato, entrega aceptada) y no es previsible que el cliente la discuta en el fondo, el procedimiento monitorio (arts. 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil) es la vía más rápida y económica: no exige abogado ni procurador para importes moderados y, si el deudor no se opone en plazo, permite obtener directamente un título ejecutivo. Si el cliente se opone o discute el fondo del asunto (por ejemplo, alega que el trabajo no se entregó conforme a lo pactado), el procedimiento se transforma en un juicio ordinario o verbal según la cuantía. Para importes bajos y encargos puntuales, valora también los servicios de mediación de colegios profesionales o de organizaciones de autónomos antes de judicializar el conflicto.

"El acreedor tendrá derecho, sin necesidad de aviso previo de vencimiento ni de requerimiento de pago, a exigir del deudor intereses de demora" — art. 5 de la Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Cláusulas que debes vigilar si el contrato lo redacta el cliente

Cuando la empresa cliente entrega su propio modelo de contrato, la negociación suele centrarse en cinco puntos que conviene revisar siempre antes de firmar:

  • Exclusividad sin compensación: te impide trabajar para la competencia o para cualquier otro cliente sin pagarte por esa renuncia. Si aceptas exclusividad, que tenga un límite temporal y, si es prolongada, una contraprestación específica.
  • Cesión de propiedad intelectual "total, universal y a perpetuidad": revisa si incluye trabajos previos o herramientas propias que aportas al proyecto (plantillas, librerías de código, estilos) y excluye expresamente lo que no quieras ceder de forma indefinida.
  • Penalizaciones por retraso desproporcionadas frente a la ausencia de cualquier penalización si el retraso en el pago o en las aprobaciones lo causa el cliente. La cláusula de penalización debe ser simétrica.
  • Plazo de pago superior a 60 días entre empresas, que puede ser nulo o inaplicable conforme a la Ley 3/2004 si no responde a una negociación real y equilibrada.
  • Confidencialidad indefinida y solo en un sentido (protege al cliente pero no a ti): pide que sea mutua y con una duración razonable tras el fin del contrato.

Checklist antes de firmar tu contrato freelance

Repasa estos puntos antes de firmar cualquier encargo, sea con esta plantilla o con el contrato que te proponga el cliente:

  • El objeto y el alcance del trabajo están descritos de forma cerrada, con lo que queda fuera explícitamente.
  • El precio, la forma de pago y el número de plazos o hitos están fijados por escrito.
  • El plazo de pago no supera los 60 días naturales desde la factura o la conformidad del servicio.
  • Queda claro qué pasa con la propiedad intelectual: qué se cede, cuándo y bajo qué condición.
  • Hay una cláusula de confidencialidad mutua con una duración definida.
  • Si tratas datos personales del cliente, existe (o se firma aparte) el contrato de encargado del tratamiento del art. 28 RGPD.
  • Está prevista la resolución anticipada: preaviso, pago de lo ya ejecutado y, si aplica, indemnización.
  • Si un único cliente supera el 75 % de tus ingresos, has valorado si estás ante un TRADE y si toca registrar el contrato en el SEPE.

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Preguntas frecuentes sobre el contrato freelance

¿Necesito un contrato para trabajar como freelance?

No es obligatorio por ley para la mayoría de encargos, pero sin contrato escrito dependes de lo que puedas demostrar por email o WhatsApp si hay un impago o una disputa sobre el alcance del trabajo. Un contrato de prestación de servicios fija precio, plazos y propiedad intelectual antes de empezar, lo que evita la mayoría de conflictos.

¿Qué diferencia hay entre un contrato mercantil y un contrato laboral?

El contrato laboral implica dependencia y ajenidad: el empresario fija el horario, da los medios de trabajo y dirige la tarea (art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores). El contrato mercantil de prestación de servicios presupone que el freelance organiza su propio trabajo, pone sus medios y asume el riesgo del resultado. Si en la práctica el cliente te trata como a un empleado, existe riesgo de reclasificación como laboral.

¿Qué es un TRADE y cuándo tengo que registrarlo?

Es el autónomo que percibe al menos el 75 % de sus ingresos de un único cliente. La Ley 20/2007 exige que ese contrato sea por escrito y se registre en el SEPE en los diez días hábiles siguientes a su firma. No registrarlo no anula el contrato, pero deja sin efecto algunas protecciones específicas del TRADE.

¿Puedo trabajar en exclusiva para un solo cliente sin ser TRADE?

Puedes hacerlo, pero cuanto más concentrados estén tus ingresos en un cliente y más se parezca la relación a la de un empleado, mayor es el riesgo de que se considere falso autónomo. Si superas el 75 % de ingresos de un cliente, la ley te encuadra como TRADE con independencia de que lo hayáis pactado por escrito.

¿Quién es dueño de lo que entrego: yo o el cliente?

Por defecto, el autor conserva los derechos de propiedad intelectual salvo que el contrato incluya una cesión expresa. Sin esa cláusula, el cliente adquiere solo una licencia de uso limitada al fin pactado, no la titularidad. La cesión debe detallar alcance, territorio y modalidades, y suele condicionarse al pago íntegro del precio.

¿En cuánto tiempo tiene que pagarme mi cliente si es una empresa?

Entre empresas, la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad fija un plazo máximo de 60 días naturales desde la recepción de la factura, salvo que se pacte uno menor. Superado el plazo, tienes derecho al interés de demora legal y a una indemnización por los costes de cobro.

¿Qué retención de IRPF debo aplicar en mis facturas?

Si facturas como profesional a otra empresa o profesional, la retención general es del 15 %. Durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes puedes aplicar el 7 % reducido si no ejerciste actividad profesional en los doce meses anteriores. A particulares, normalmente no procede retención.

¿Qué debo incluir sobre protección de datos si trato datos del cliente?

Si tratas datos personales por encargo del cliente, el RGPD te convierte en encargado del tratamiento y el art. 28 exige un contrato que recoja objeto, duración, naturaleza y finalidad del tratamiento, tipo de datos, medidas de seguridad y la obligación de borrar o devolver los datos al finalizar el servicio.

¿Puedo firmar un contrato sin estar dado de alta como autónomo?

Puedes firmarlo, pero la obligación de darte de alta en el RETA y en Hacienda nace en cuanto empiezas a ejercer la actividad de forma habitual, no cuando firmas. Facturar sin alta expone a recargos de Seguridad Social y a sanciones tributarias.

¿Qué pasa si el cliente amplía el trabajo a mitad de proyecto sin subir el precio?

Por eso conviene que el contrato defina el alcance de forma cerrada y añada una cláusula de control de cambios: cualquier tarea fuera del alcance inicial se valora y se acuerda por escrito antes de ejecutarla. Sin esa cláusula, el scope creep es uno de los conflictos más frecuentes y más difíciles de reclamar después.

¿Necesito abogado para redactar mi contrato de freelance?

Una plantilla estándar cubre los encargos habituales, pero conviene revisión de un abogado o asesor cuando el importe es alto, el cliente propone su propio contrato tipo, hay cesión de propiedad intelectual compleja, exclusividad prolongada o penalizaciones elevadas.

¿Qué cláusula de confidencialidad debo pedir si trabajo con información sensible del cliente?

Conviene que sea mutua (protege también tu propio know-how), que fije su duración tras el fin del contrato, que excluya la información ya pública o previamente conocida, y que si subcontratas a terceros, estos queden igualmente obligados a confidencialidad.

Esta plantilla y su contenido tienen carácter informativo y no sustituyen el asesoramiento de un abogado o gestor. Antes de firmar un contrato de importe elevado, con cesión de propiedad intelectual compleja o cláusulas de exclusividad, revisa las condiciones con un profesional colegiado.

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