Presupuestos profesionales: guía práctica para redactarlos y enviarlos

Respuesta corta: un presupuesto profesional es una oferta escrita que identifica a quien la emite y a quien la recibe, describe el alcance del trabajo con detalle suficiente para que no quepan dos lecturas, desglosa el precio partida a partida, indica el IVA aplicable y, cuando el cliente es empresa o profesional, la retención de IRPF, y fija plazo de ejecución, condiciones de pago y fecha de caducidad de la oferta. No es un documento fiscal: no se declara, no se numera con la serie de facturas y no genera obligación tributaria por sí mismo. Se convierte en contrato cuando el cliente lo acepta, y a partir de ahí obliga a las dos partes en los términos del artículo 1258 del Código Civil.
Esa es la definición. El resto de esta guía es lo que hay detrás: qué apartados no puedes dejar fuera, cómo se presentan los impuestos sin equivocarte, qué plazos de pago puedes pactar y cuáles te impone la ley, qué cambia cuando el cliente es un consumidor y no una empresa, y qué pasa cuando ese presupuesto aceptado se convierte en factura en plena transición hacia la facturación verificable. Si buscas la parte mecánica —abrir una hoja y rellenarla—, tienes el paso a paso en Excel y las plantillas de presupuesto para autónomos listas para descargar.
Aviso de alcance. Esta guía explica cómo se redacta un presupuesto y qué marco legal español lo rodea. No es asesoramiento fiscal ni jurídico personalizado. Los tipos impositivos, los porcentajes de retención y los calendarios de entrada en vigor cambian: contrasta siempre con la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con el texto vigente en el BOE y con tu asesor antes de emitir.
En PlantillaGratis publicamos plantillas y guías. No hacemos estudios de mercado propios, no tenemos panel de encuestados y no publicamos reseñas de usuarios, así que en este artículo no vas a encontrar porcentajes de aceptación ni tarifas medias por sector: cuando un dato no se puede verificar en una fuente pública, lo explicamos en cualitativo.
Qué es exactamente un presupuesto y en qué se diferencia de una proforma o una factura
Mucha de la confusión que rodea a los presupuestos viene de mezclar cuatro documentos que hacen cosas distintas. Un presupuesto es una oferta comercial. Una factura proforma es una simulación de factura que se usa sobre todo para trámites, aduanas o solicitudes de pago anticipado. Un albarán acredita la entrega de bienes o la ejecución de un servicio. Y una factura es el documento con efectos tributarios, regulado por el Reglamento de facturación aprobado por el Real Decreto 1619/2012.
La diferencia práctica es grande. Si equivocas el documento, puedes acabar declarando un IVA que todavía no has devengado, o dando por cerrado un acuerdo que el cliente nunca aceptó formalmente. Lo tienes ampliado en las comparativas de factura proforma frente a factura normal y de factura, albarán y recibo.
| Documento | Para qué sirve | ¿Genera IVA? | ¿Se numera con serie fiscal? |
|---|---|---|---|
| Presupuesto | Ofertar un trabajo antes de hacerlo, con alcance y precio | No. El IVA se indica como información del precio final | No. Usa tu propia numeración interna |
| Factura proforma | Simular la factura para trámites, aduanas o pedir un anticipo | No. No es factura a efectos del RD 1619/2012 | No. Conviene una serie propia marcada como proforma |
| Albarán | Acreditar la entrega o la ejecución, y que el cliente la conforme | No | No, aunque suele llevar numeración propia |
| Factura | Documentar la operación a efectos fiscales y exigir el cobro | Sí, devenga y repercute el IVA | Sí, numeración correlativa por series |
Cuándo un presupuesto deja de ser una oferta y pasa a obligarte
El punto exacto es la aceptación. El artículo 1262 del Código Civil dice que el consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Traducido: en el momento en que el cliente acepta tu presupuesto en los términos en que lo enviaste, hay contrato, aunque no haya un documento titulado «contrato» por ninguna parte.
Eso funciona en las dos direcciones. Te protege, porque el cliente no puede negar después que el precio era ese ni que el alcance era aquel. Y te obliga, porque tú tampoco puedes subir el importe ni recortar entregables una vez aceptado. Por eso el plazo de validez no es un adorno: mientras la oferta esté viva, estás vinculado a ella.
La aceptación por correo electrónico vale como prueba. El Reglamento (UE) 910/2014, conocido como eIDAS, y la Ley 6/2020 reconocen efectos jurídicos a la firma electrónica, y un documento privado aceptado por escrito tiene su régimen probatorio en los artículos 324 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No necesitas firma cualificada para que un «acepto el presupuesto 2026-041» tenga valor; necesitas conservarlo.
Un presupuesto sin fecha de caducidad es una oferta abierta. Si tus costes suben o tu agenda se llena, sigues atado a un precio que dejó de tener sentido. Poner «validez: 15 días naturales desde la fecha de emisión» cuesta una línea y cierra el riesgo.
Presupuesto cerrado, presupuesto orientativo y presupuesto por administración
No todos los presupuestos prometen lo mismo, y conviene decirlo en el propio documento. Un presupuesto cerrado fija un precio a tanto alzado para un alcance definido: si tardas más de lo previsto, el riesgo es tuyo. Un presupuesto orientativo o estimativo da una horquilla sujeta a mediciones o a una toma de datos posterior, y tiene que decir expresamente qué lo puede mover y en qué medida. Un presupuesto por administración factura lo realmente empleado —horas, materiales, certificaciones— contra unos precios unitarios pactados de antemano.
La mezcla de los tres es de donde salen la mayoría de los conflictos. Enviar una horquilla y llamarla «presupuesto» sin advertir que es estimativa lleva al cliente a anclarse en el número bajo. Si trabajas con mediciones, dilo en la primera línea del apartado económico, no en una nota al pie.
Los datos que tiene que llevar un presupuesto profesional
A diferencia de la factura, el presupuesto no tiene un contenido tasado por reglamento. Eso no significa que valga cualquier cosa: significa que el contenido lo decide su función probatoria. Todo lo que no esté escrito, no se pactó. Este es el bloque mínimo que debería salir de cualquier plantilla decente.
Identificación de las dos partes
Tus datos completos: nombre y apellidos o razón social, NIF o CIF, domicilio fiscal, teléfono y correo. Y los del cliente, con el mismo nivel de detalle: si es una empresa, la denominación social completa con su forma jurídica y el CIF, más la persona de contacto. Un presupuesto dirigido a «Marketing» de una empresa sin CIF es un papel difícil de convertir en factura después, y peor de reclamar.
Añade también un número de presupuesto propio y la fecha de emisión. La numeración interna no tiene requisitos legales, pero te ordena: un formato del tipo P-2026-041 permite localizar la oferta, referenciarla en la aceptación y enlazarla luego con la factura. Cuando llegue el momento de emitir, esa trazabilidad ahorra tiempo.
Descripción del alcance, entregables y exclusiones
Es el apartado que más conflictos evita y el que más gente resuelve en dos líneas. Describe qué vas a hacer, en cuántas fases, qué entregas en cada una y en qué formato. Si hay revisiones incluidas, di cuántas y qué se considera una revisión. Si hay materiales, detalla cantidades y calidades.
Y después escribe lo que no está incluido. Un apartado «fuera de alcance» con cuatro puntos es la herramienta más barata que existe para frenar la ampliación silenciosa del trabajo. Redacción directa: «No incluye redacción de textos», «No incluye licencias de fotografía de stock», «No incluye migración de contenidos del sitio anterior», «Las revisiones adicionales a partir de la tercera se presupuestan aparte a precio hora».
Desglose económico partida a partida
Un número único al final obliga al cliente a aceptar o rechazar en bloque. Un desglose le permite entender la composición del precio y, si el importe le aprieta, recortar por donde menos duele en lugar de pedirte una rebaja general. Pon cada partida con su unidad, su cantidad y su precio unitario, y solo después la base imponible.
Debajo, los impuestos, y al final el total a pagar. Si el cliente es un consumidor, el precio que tiene que ver con claridad es el total con impuestos incluidos: el artículo 60 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, exige informar del precio total, incluidos impuestos y gastos adicionales repercutidos.
Plazos, condiciones de pago y validez
Tres fechas distintas que se confunden con frecuencia. El plazo de ejecución es cuánto tardas en hacer el trabajo, y conviene expresarlo en días laborables desde un hito concreto («desde la recepción del anticipo y de los materiales del cliente»), no desde la aceptación a secas. El plazo de pago es cuándo cobras cada parte. La validez de la oferta es hasta cuándo mantienes ese precio.
Añade la forma de pago y los datos necesarios para ejecutarla. Y si el trabajo depende de que el cliente te entregue algo —accesos, textos, aprobaciones—, escríbelo como condición: «los plazos quedan suspendidos mientras esté pendiente material del cliente». Sin esa cláusula, los retrasos ajenos acaban siendo tuyos.
IVA, retención de IRPF y los casos que se escapan de la regla general
Aquí es donde un presupuesto bien redactado se distingue de uno amateur, y también donde más errores caros se cometen. La regla base: sobre la base imponible se aplica el IVA que corresponda a la operación, y si el destinatario es empresario o profesional y tú desarrollas una actividad profesional, ese mismo documento debe anticipar la retención de IRPF que el cliente practicará al pagarte.
Cómo se presenta el IVA
La Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido contempla un tipo general y dos tipos reducidos. Qué tipo corresponde depende de la operación concreta, y ha habido rebajas temporales sobre determinados bienes que entran y salen de vigor, así que no des por hecho el tipo de memoria: compruébalo para tu actividad. En la práctica, la mayoría de servicios profesionales van al tipo general. Si tienes dudas con el cálculo, la guía de cálculo de IVA en facturas lo desmenuza con ejemplos.
En el presupuesto, el IVA se muestra en línea aparte, con el tipo expresado en porcentaje y la cuota en euros. Si conviven varios tipos en el mismo documento —por ejemplo, una partida de obra a tipo reducido y otra de servicio a tipo general—, hay que separar las bases imponibles por tipo. Meterlo todo en un «IVA» global es incorrecto y complica la factura posterior.
La retención de IRPF: cuándo se aplica y con qué porcentaje
Si eres persona física en estimación directa desarrollando una actividad profesional y facturas a otro empresario, profesional o persona jurídica, tu cliente está obligado a retenerte. El porcentaje general para actividades profesionales lo fija el artículo 95 del Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, y existe un porcentaje reducido para los profesionales que inician actividad, aplicable en el período impositivo de inicio y en los dos siguientes, siempre que se comunique por escrito al pagador. Los porcentajes se han modificado por norma en varias ocasiones: confirma los vigentes en la Agencia Tributaria antes de emitir.
Dos matices que dan problemas. Primero: no se retiene cuando el cliente es un particular, porque no tiene obligación de practicar retenciones. Segundo: la retención resta del total a pagar, pero no del importe que facturas. Tu ingreso a efectos de IVA y de IRPF es la base imponible completa; lo retenido es un pago a cuenta de tu propia declaración de la renta que ya ha ingresado tu cliente en tu nombre.
Por eso el presupuesto dirigido a una empresa debería mostrar la cadena entera, con las cifras que apliquen a tu caso: base imponible, más IVA, menos retención, igual a total a percibir. Si solo pones base más IVA, el cliente pagará menos de lo que anuncia el documento y tendrás que explicarlo por teléfono.
Territorios y supuestos especiales que rompen el esquema
- Canarias. No se aplica IVA, sino el Impuesto General Indirecto Canario. Un presupuesto con «IVA» para una obra o un servicio localizado en Canarias es una plantilla peninsular sin adaptar.
- Ceuta y Melilla. Tampoco hay IVA; rige el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
- Inversión del sujeto pasivo. En determinados supuestos del artículo 84 de la Ley del IVA —entre ellos ciertas ejecuciones de obra inmobiliaria entre contratista y promotor— el obligado a ingresar el impuesto es el destinatario. La factura se emite sin IVA repercutido y con la mención expresa «inversión del sujeto pasivo», tal como exige el Reglamento de facturación. El presupuesto debe anticiparlo.
- Cliente de otro país de la UE. En prestaciones de servicios entre empresarios, la regla general localiza la operación en sede del destinatario. Para emitir sin IVA hace falta que las dos partes estén dadas de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios y que el NIF-IVA del cliente esté validado en el censo VIES, además de la declaración informativa correspondiente.
- Operaciones exentas. Algunas actividades —formación reglada, ciertos servicios sanitarios— están exentas. La factura debe indicar el precepto que ampara la exención, y el presupuesto hace bien en adelantarlo para que el cliente no espere una cuota que no llegará.
- Recargo de equivalencia. Afecta a comerciantes minoristas personas físicas y se repercute en las compras que hacen a sus proveedores. Si presupuestas mercancía a un minorista en ese régimen, el recargo tiene que aparecer como línea propia con su tipo.
Regla práctica para no equivocarte: antes de escribir el bloque de impuestos, contesta a tres preguntas. ¿Dónde se localiza la operación? ¿Quién es el destinatario, particular o profesional? ¿La actividad tiene alguna especialidad de tipo o de exención? Si alguna respuesta no la tienes clara, ese es exactamente el momento de llamar a tu asesor, no después de emitir.
Cómo poner precio sin regalar tu trabajo
Ningún método de precio es mejor que otro en abstracto. Lo que hay es una correspondencia entre el tipo de encargo y el modelo que menos riesgo te transfiere. Antes de elegirlo, hace falta un número que mucha gente no tiene calculado: cuánto te cuesta una hora de tu tiempo.
Calcula tu coste-hora antes de mirar al mercado
Suma tus costes anuales de estructura: cuota de autónomos, gestoría, seguros, software y licencias, equipo amortizado, formación, local o coworking, suministros, y la parte de tiempo que dedicas a tareas no facturables —presupuestar, contabilidad, comercial, administración—. Divide ese total entre las horas que de verdad puedes facturar en un año, descontando vacaciones, festivos, bajas previsibles y ese tiempo no facturable. Lo que sale es tu suelo, no tu precio.
Sobre ese suelo añades el margen de beneficio que quieres, y ahí ya entra tu posición en el mercado: especialización, resultados demostrables, urgencia del encargo, coste de oportunidad. Un precio que no cubre el suelo no es competitivo, es una pérdida disfrazada de venta. Si no tienes los costes ordenados, cualquier plantilla de presupuesto de empresa te servirá para maquetar, pero seguirás presupuestando a ciegas.
Por hora, por proyecto, por valor o por iguala
| Modelo | Encaja cuando | Quién asume el riesgo de desviación | Punto débil |
|---|---|---|---|
| Por hora | El alcance no está cerrado o hay mucha incertidumbre | El cliente | Penaliza tu eficiencia y convierte la conversación en un control de horas |
| Por proyecto (tanto alzado) | El alcance está definido y tienes datos para estimar | Tú | Una estimación optimista se come el margen entero |
| Por valor | Puedes vincular tu trabajo a un resultado medible del cliente | Compartido | Exige acceso a datos del cliente y mucha confianza previa |
| Iguala mensual | Hay trabajo recurrente y previsible | Compartido, con tope de horas | Sin tope de horas escrito, la iguala se erosiona sola |
La combinación que mejor funciona para trabajo por encargo es presupuestar a tanto alzado sobre una estimación interna en horas: el cliente ve un precio cerrado y tú sabes si te sale a cuenta. Y para el trabajo que se sale del alcance, deja escrito en el propio presupuesto un precio hora de ampliaciones. Así no tienes que renegociar desde cero cada vez que aparece un extra.
Contingencia, revisiones y precios que caducan
Toda estimación falla en alguna dirección. Añadir un porcentaje de contingencia sobre las partidas con más incertidumbre no es inflar el precio: es cubrir el riesgo que estás asumiendo al dar un tanto alzado. Si el proyecto es largo y depende de materiales con precio volátil, plantea una cláusula de revisión ligada a un índice público y dilo en el presupuesto, en lugar de sorprender al cliente a mitad de obra.
Cuándo bajar el precio y cuándo no
Si el cliente pide rebaja, la respuesta que conserva tu margen no es un descuento: es una versión más pequeña. Quita partidas, alarga plazos, reduce el número de revisiones incluidas, pasa entregables a una segunda fase. El precio por unidad de trabajo se mantiene y el cliente obtiene algo que encaja en su presupuesto. Rebajar el mismo alcance enseña a ese cliente —y a los que hable con él— que tu primer número siempre tiene aire.
Hay una excepción razonable: el descuento a cambio de algo que tiene valor para ti. Pago íntegro por adelantado, un plazo cómodo que te permita encajar el trabajo en un hueco muerto, un volumen que amortice la puesta en marcha. Eso no es rebajar, es intercambiar.
Cómo redactar el documento para que se lea y se acepte
Un presupuesto se lee en diagonal la primera vez. Quien decide busca tres cosas en ese primer barrido: qué recibo, cuánto cuesta y cuándo lo tengo. Si esas tres respuestas están enterradas, el documento juega en tu contra por mucho que el precio sea bueno.
El orden de lectura importa
Un orden que funciona: una línea inicial que reformula la necesidad del cliente con sus propias palabras; el alcance con entregables; las exclusiones; el desglose económico; los plazos; las condiciones y la validez; y el paso siguiente para aceptar. La reformulación inicial no es retórica: demuestra que has entendido el encargo y evita que el cliente tenga que traducir tu jerga a su problema.
Ofrece opciones, no un único número
Presentar dos o tres alternativas con alcances distintos cambia la pregunta que se hace el cliente. Deja de ser «¿lo contrato o no?» y pasa a ser «¿cuál de estas contrato?». Tres opciones suele ser el máximo útil; con más, la decisión se aplaza. Nombra cada opción por lo que resuelve, no por su tamaño, y deja claro qué incluye y qué no incluye cada una.
Un ejemplo de bloque económico
Las cifras que siguen son un ejemplo de maquetación para que veas la estructura. No son tarifas de mercado ni una referencia de precios: tus números salen de tu coste-hora y de tu posición, no de este artículo.
- Partida 1 — Diseño e implantación web, cinco secciones: importe
- Partida 2 — Configuración técnica y puesta en producción: importe
- Partida 3 — Formación de uso, dos horas: importe
- Base imponible: suma de partidas
- IVA al tipo que corresponda: cuota
- Retención de IRPF, si el cliente es empresa o profesional: importe a descontar
- Total a percibir: resultado
- Condiciones: 50 % a la aceptación y 50 % a la entrega. Transferencia bancaria. Validez de la oferta: 15 días naturales.
La llamada a la acción y la aceptación por escrito
Termina diciendo exactamente qué tiene que hacer el cliente: «Para aceptar, responde a este correo con la palabra conforme y el número de presupuesto», o «firma la última página y devuélvela escaneada». Cuanto más concreta sea la instrucción, más rápido llega la respuesta. Y guarda esa aceptación en el mismo sitio que el presupuesto: es tu prueba si algo se tuerce.
Formato de envío: PDF, siempre
Envía el documento en PDF, no en el formato editable en el que lo hiciste. Un archivo editable invita a modificaciones y no sirve como prueba de qué versión se aceptó. Nombra el archivo con tu numeración y el cliente —P-2026-041_ClienteSA.pdf— y evita adjuntar enlaces a carpetas compartidas que caducan. El correo de envío debe repetir en el cuerpo el importe total y la fecha de validez: mucha gente decide sin abrir el adjunto.
Los datos del cliente también están protegidos
Un presupuesto contiene datos personales del destinatario. Tratarlos para preparar y enviar la oferta está amparado por la ejecución de medidas precontractuales a petición del interesado, según el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos, y la Ley Orgánica 3/2018 completa el marco español. Consecuencias prácticas: no reutilices esa dirección para campañas comerciales sin base que lo sostenga, y guarda los presupuestos con el mismo cuidado con el que guardas las facturas.
Cobro, plazos legales y qué hacer si no te pagan
La parte que decide si un presupuesto aceptado se convierte en dinero. Y la que casi nadie redacta con la precisión que merece.
Anticipo y pago por hitos
Pedir un anticipo a la aceptación es práctica habitual y perfectamente legítima entre profesionales: compromete al cliente y financia el arranque. En proyectos largos, el pago por hitos vinculados a entregables concretos reparte el riesgo mejor que el clásico mitad y mitad. Cada hito debe tener un entregable identificable, porque si no se discute cuándo se ha cumplido.
Los plazos que impone la ley de morosidad
En operaciones comerciales entre empresas, la Ley 3/2004, modificada por la Ley 15/2010, fija el marco. El plazo de pago legal, a falta de pacto, es de treinta días naturales desde la entrega de los bienes o la prestación del servicio. Las partes pueden pactar un plazo mayor, con el límite de sesenta días naturales, y ese límite no se puede ampliar por acuerdo. Un presupuesto que anuncia «pago a 90 días» está pactando algo que la norma no admite en ese ámbito.
| Situación | Plazo aplicable | Qué puedes reclamar si se incumple |
|---|---|---|
| Empresa a empresa, sin pacto | 30 días naturales desde la entrega o la prestación | Interés de demora automático, sin necesidad de aviso previo |
| Empresa a empresa, con pacto | Hasta 60 días naturales, sin prórroga posible | Lo mismo, desde el vencimiento pactado |
| Administración pública | 30 días desde la aprobación de la conformidad de la prestación | Interés de demora y costes de cobro conforme a la Ley 9/2017 |
| Cliente consumidor | El que se haya pactado en el contrato | Régimen civil general; la Ley 3/2004 no le aplica |
Cuando hay retraso, la Ley 3/2004 reconoce dos cosas sin necesidad de reclamación previa: el interés de demora y una indemnización por los costes de cobro. El tipo de interés se calcula sumando ocho puntos porcentuales al tipo de referencia del Banco Central Europeo, y el resultado se publica semestralmente en el Boletín Oficial del Estado; consulta el tipo del semestre en curso antes de liquidar, porque cambia. La indemnización mínima por costes de cobro es una cantidad fija por factura impagada que la propia ley determina.
Si el cliente es una administración pública
Aquí manda la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público: la Administración dispone de treinta días para aprobar la conformidad de la prestación y de otros treinta para pagar desde esa aprobación. Además, la Ley 25/2013 impone la factura electrónica en las relaciones con el sector público a través del punto general de entrada, con la posibilidad de que cada administración excluya de la obligación las facturas de importe reducido. Si vas a trabajar con una administración, el presupuesto debería mencionar ya ese circuito.
La escalera de reclamación
Antes de nada, comprueba que la factura llegó a quien tenía que llegar y que no hay una incidencia de conformidad abierta. Muchos impagos son errores de circuito, no falta de voluntad. Después, un recordatorio escrito con el importe, la fecha de vencimiento y el interés que se está devengando. Si no funciona, un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido: interrumpe la prescripción y deja constancia.
Si la deuda está documentada y no hay discusión sobre su existencia, el proceso monitorio de los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil es la vía natural para reclamarla: no tiene límite de cuantía y no exige abogado ni procurador para presentar la petición inicial. Si el deudor se opone, el asunto continúa por el procedimiento que corresponda, y ahí sí conviene asistencia letrada. Ante cualquier duda sobre importes, intereses o estrategia, consulta con un profesional antes de presentar nada.
Del presupuesto aceptado a la factura: qué cambia con la facturación verificable
El presupuesto no se declara ante Hacienda. La factura sí, y el entorno normativo de la facturación en España está en plena transformación. Conviene entender qué afecta a qué, porque circula bastante ruido.
Qué regula el sistema de facturación verificable
El Real Decreto 1007/2023 aprobó el reglamento que establece los requisitos que deben cumplir los sistemas y programas informáticos que soportan los procesos de facturación, y la Orden HAC/1177/2024 concretó las especificaciones técnicas. La idea de fondo: cada factura emitida genera un registro de facturación encadenado con el anterior mediante una huella digital, firmado e inalterable, de modo que borrar o modificar una factura deje rastro. Las facturas incorporan un código QR, y cuando el sistema remite los registros a la Agencia Tributaria se identifican con la mención «VERI*FACTU».
El calendario de obligatoriedad se ha modificado por norma en más de una ocasión y por eso aquí no vas a leer fechas. Consúltalas en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, que mantiene la información actualizada, y confírmalas con tu asesor antes de tomar decisiones de software o de contratar nada. Lo mismo vale para las consecuencias del incumplimiento: hay un régimen sancionador previsto en la Ley General Tributaria, pero su aplicación depende del calendario vigente y del tipo de obligado, así que no se puede resumir en una frase.
Un presupuesto no es una factura. Las obligaciones sobre sistemas informáticos de facturación se refieren a la expedición de facturas, no a la emisión de ofertas comerciales. Preparar un presupuesto en una hoja de cálculo o en un procesador de textos no entra en ese ámbito. Otra cosa es el programa con el que emites las facturas después: ese es el que tienes que revisar, y conviene hacerlo con tu asesor.
La factura electrónica entre empresas
Por otra vía, la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas previó la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas en las operaciones entre empresarios y profesionales, con plazos distintos según el volumen de facturación anual y contados desde la aprobación de su desarrollo reglamentario. Ese reglamento ha seguido su propia tramitación, así que el calendario efectivo depende de su publicación. Si estás valorando cambiar de herramienta, esta es la pieza que conviene mirar junto con la anterior, y no por separado.
Cómo se convierte tu presupuesto en factura sin errores
Cuando el trabajo esté hecho, la factura debe recoger el contenido del artículo 6 del Real Decreto 1619/2012: número y, en su caso, serie; fecha de expedición; identificación completa de emisor y destinatario con NIF; descripción de las operaciones; base imponible; tipo impositivo y cuota repercutida; fecha de la operación si es distinta de la de expedición; y las menciones especiales cuando proceda. Tienes el detalle completo en la guía de datos obligatorios de una factura, y el resumen operativo en cómo hacer facturas.
Dos reglas que se olvidan a menudo. La numeración tiene que ser correlativa dentro de cada serie, sin saltos ni reutilizaciones. Y el plazo de expedición: la factura se expide en el momento de la operación, salvo que el destinatario sea empresario o profesional, en cuyo caso el reglamento concede hasta el día 16 del mes siguiente al del devengo. Emitir una factura con fecha anterior a la operación para «cuadrar» un trimestre no es una licencia administrativa, es un problema.
Cuánto tiempo hay que guardar todo esto
Las facturas y los justificantes se conservan durante el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias, cuatro años según el artículo 66 de la Ley General Tributaria, contados desde el fin del plazo de presentación de la declaración correspondiente. El Código de Comercio, por su parte, obliga en su artículo 30 a conservar la documentación del negocio durante seis años. En la práctica, el criterio prudente es el más largo. Y guarda el presupuesto aceptado con la factura: juntos explican la operación completa si alguien pregunta.
Presupuestos a consumidores: las reglas cambian
Todo lo anterior asume un cliente empresa o profesional. Cuando el destinatario es un consumidor, se activa una capa de protección que conviene conocer, porque varias cláusulas habituales en presupuestos B2B son directamente nulas frente a un particular.
El presupuesto previo en servicios de reparación
En algunos sectores existe la obligación de ofrecer presupuesto previo por escrito antes de intervenir. Es el caso clásico de los talleres de reparación de vehículos, regulados por el Real Decreto 1457/1986, y de la reparación de aparatos de uso doméstico, regulada por el Real Decreto 58/1988. En ambos, el consumidor puede renunciar al presupuesto, pero la renuncia debe constar por escrito y de forma expresa. Muchas comunidades autónomas tienen normas propias que completan el régimen, incluida la obligación de exhibir carteles informativos. Si tu actividad encaja ahí, revisa la normativa de tu comunidad antes de dar por válida una plantilla genérica.
Información precontractual y precio total
El Real Decreto Legislativo 1/2007 exige que el consumidor conozca antes de contratar las características del servicio, la identidad del prestador, el precio total con impuestos incluidos y los gastos adicionales, el plazo de ejecución y el procedimiento de reclamación. Un presupuesto a consumidor que muestre el precio sin impuestos como cifra destacada y el total en letra pequeña no cumple con el espíritu de esa obligación, aunque el número final acabe apareciendo.
El derecho de desistimiento cuando el presupuesto se firma a distancia
Si el contrato con el consumidor se celebra a distancia o fuera del establecimiento —por correo, por teléfono, en su domicilio—, existe un derecho de desistimiento de catorce días naturales sin necesidad de justificación, regulado en los artículos 102 a 108 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Hay que informar de ese derecho y facilitar el formulario de desistimiento; si no se informa, el plazo se amplía.
Dos excepciones que sí se aplican de verdad. Los bienes confeccionados conforme a especificaciones del consumidor o claramente personalizados quedan excluidos por el artículo 103.c. Y en los servicios, si la ejecución empezó a petición expresa del consumidor y este reconoció que perdería el derecho una vez completada, el artículo 103.a excluye el desistimiento; si desiste con el servicio a medias, el artículo 108.3 le obliga a abonar la parte proporcional de lo ya prestado. Es decir: puedes empezar antes de que pasen los catorce días, pero necesitas su petición expresa por escrito.
Garantía y responsabilidad después de la entrega
Si el encargo incluye la entrega de bienes, la garantía legal de conformidad es de tres años desde la entrega, según la redacción que el Real Decreto Ley 7/2021 dio al texto refundido, aplicable a las compras realizadas desde el 1 de enero de 2022. Las plantillas que siguen diciendo «dos años de garantía» están desactualizadas. En la prestación de servicios no hay una garantía de conformidad equivalente, pero sí responsabilidad contractual por ejecución defectuosa, y conviene que el presupuesto diga qué cubre tu soporte posterior y durante cuánto tiempo.
Errores que tumban un presupuesto
Los que se repiten, ordenados de más a menos frecuente en los documentos que pasan por nuestras plantillas.
Alcance escrito en dos líneas
«Diseño de página web: 1.800 €» no es un alcance, es un titular. Abre la puerta a que el cliente dé por incluidos los textos, las fotos, el dominio, el hosting, el correo corporativo y tres rondas de cambios. Un alcance útil ocupa media página y va acompañado de exclusiones.
No indicar la retención cuando corresponde
El cliente empresa recibe un presupuesto con base más IVA, aprueba ese total, y al pagar descuenta la retención. Llamada, explicación, incomodidad evitable. Si vas a facturar a una empresa como profesional, la cadena completa va en el documento.
Confundir validez de la oferta con plazo de ejecución
Son dos relojes distintos. Escribirlos juntos en la misma frase lleva a discusiones sobre cuándo empezaba a contar qué. Sepáralos en dos líneas con etiquetas diferentes.
Copiar una plantilla de otro territorio o de otro sector
Plantillas peninsulares aplicadas a Canarias, cláusulas de obra en un presupuesto de servicios digitales, condiciones de desistimiento pensadas para tiendas online en un presupuesto B2B. Revisa que cada cláusula tenga sentido en tu operación concreta antes de dejarla en el documento.
Prometer resultados que no dependen de ti
«Primera posición en Google», «duplicamos tus ventas», «aprobación garantizada». Más allá del riesgo comercial, son promesas contractuales: si el presupuesto aceptado las recoge, forman parte de lo pactado y su incumplimiento es exigible. Compromete procesos y entregables, no resultados fuera de tu control.
Enviarlo y desaparecer
Un presupuesto sin seguimiento se queda en la bandeja. No hace falta insistir: basta con avisar, en el propio envío, de que harás una comprobación antes de la fecha de caducidad.
Qué hacer después de enviarlo
Seguimiento sin agobiar
Anuncia el seguimiento cuando envías: «Si no he sabido de ti antes del día 28, te escribo para confirmar si sigue en pie». Ese aviso convierte tu recordatorio en algo acordado. Un primer contacto a los pocos días para confirmar recepción y resolver dudas, y un segundo cerca de la fecha de validez, suelen ser suficientes. Después, el silencio también es información.
Qué preguntar cuando la respuesta es «no»
Un «no» cerrado sigue teniendo valor si averiguas el motivo. Precio, plazo, alcance, confianza y momento son razones muy distintas y cada una se corrige de una manera. Pregunta de forma corta y sin discutir la decisión: «¿Fue el importe, los plazos o el enfoque? Me ayuda para las próximas propuestas». Mucha gente responde.
Mide tu propia tasa de aceptación
No busques porcentajes de referencia por sector: los que circulan rara vez tienen detrás una metodología comprobable. Lo que sí sirve es tu propio histórico. Anota en una hoja cada presupuesto enviado, su importe, el tipo de cliente, el canal por el que llegó y el desenlace. Con unos meses de datos verás qué tipo de encargo cierras mejor y cuál te hace perder tiempo. Es el único dato de conversión que puedes usar sin inventar nada.
Archiva y reutiliza
Cada presupuesto enviado es material para el siguiente. Guarda las descripciones de alcance que funcionaron, las cláusulas que te sacaron de un problema y las partidas con sus precios unitarios. Con el tiempo tendrás una biblioteca propia y presupuestar dejará de ser un rato en blanco delante de un documento vacío.
Preguntas frecuentes sobre presupuestos profesionales
¿Un presupuesto lleva IVA?
El presupuesto no devenga IVA, porque no es una factura. Pero debe informar del IVA que se aplicará a la operación para que el cliente conozca el precio final. Se muestra como línea separada, con el tipo y la cuota, después de la base imponible.
¿Hay que numerar los presupuestos con la misma serie que las facturas?
No. La numeración correlativa por series que exige el Reglamento de facturación se refiere a las facturas. Los presupuestos llevan tu numeración interna, y conviene que sea distinta y reconocible para no mezclarlos.
¿Es obligatorio dar presupuesto por escrito?
Con carácter general no, salvo que lo imponga una norma sectorial. En reparación de vehículos y de aparatos de uso doméstico existe la obligación de ofrecerlo, con posibilidad de renuncia expresa y escrita del consumidor, y varias comunidades autónomas añaden requisitos propios. Al margen de la obligación, por escrito siempre es mejor: lo que no está escrito no se pactó.
¿Puedo cobrar por elaborar un presupuesto?
Sí, si lo comunicas antes de empezar y el cliente lo acepta. Es habitual cuando la propuesta exige visita, mediciones o un trabajo técnico previo. Una fórmula frecuente es descontar ese importe del trabajo si el presupuesto se acepta. Frente a consumidores, la información sobre ese coste tiene que ser previa y clara.
¿Qué validez debe tener un presupuesto?
La que tú decidas, siempre que conste en el documento. Plazos de entre quince y treinta días naturales son habituales porque protegen tu precio frente a cambios de coste y de disponibilidad. Sin fecha de caducidad, la oferta queda abierta y sigues vinculado a ella.
Si el cliente acepta el presupuesto, ¿ya hay contrato?
Sí. La aceptación de la oferta forma el consentimiento contractual conforme al artículo 1262 del Código Civil, y el contrato obliga a lo pactado y a sus consecuencias conformes a la buena fe según el artículo 1258. Conserva la aceptación por escrito: es la prueba de qué versión se aceptó.
¿Puede el cliente pagarme a 90 días si lo pacto en el presupuesto?
En operaciones comerciales entre empresas, no. La Ley 3/2004 fija treinta días naturales a falta de pacto y permite ampliarlos por acuerdo hasta un máximo de sesenta días naturales, sin posibilidad de ir más allá. Un pacto que supere ese límite no produce efectos en ese punto.
¿Qué puedo reclamar si se retrasan en pagarme?
Interés de demora desde el vencimiento, sin necesidad de aviso previo, calculado sumando ocho puntos porcentuales al tipo de referencia del Banco Central Europeo —el resultado se publica cada semestre en el BOE—, más una indemnización por costes de cobro que la propia Ley 3/2004 fija. Para reclamar judicialmente una deuda no discutida, el proceso monitorio es la vía habitual.
¿Afecta la facturación verificable a mis presupuestos?
El reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 regula los sistemas informáticos que soportan la expedición de facturas, no la emisión de ofertas comerciales. Preparar presupuestos en una hoja de cálculo o en un procesador de textos no entra en ese ámbito. El programa con el que emitas las facturas sí puede estar afectado: comprueba el calendario vigente en la Agencia Tributaria y consúltalo con tu asesor.
¿Puedo modificar un presupuesto ya aceptado?
Solo con acuerdo de las dos partes. Lo correcto es emitir una adenda o un presupuesto nuevo que sustituya al anterior, referenciando el original, y obtener de nuevo la aceptación por escrito. Cambiar el documento original sin ese acuerdo no vincula al cliente y te deja sin prueba de lo pactado.
¿Un particular puede desistir de un servicio que ya he empezado?
Si el contrato se celebró a distancia o fuera de establecimiento, tiene catorce días naturales para desistir. Si pidió expresamente que empezaras antes de ese plazo, al desistir debe abonar la parte proporcional del servicio ya prestado conforme al artículo 108.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Si el servicio se completó con su consentimiento expreso y reconocimiento de la pérdida del derecho, el desistimiento queda excluido.
¿Qué diferencia hay entre presupuesto y factura proforma?
El presupuesto es una oferta previa a la contratación, con alcance, plazos y condiciones. La factura proforma reproduce el formato de una factura para trámites o para solicitar un pago anticipado, y presupone normalmente que el acuerdo ya existe. Ninguno de los dos devenga IVA ni sustituye a la factura.
Plantillas y guías para seguir
- Plantillas de presupuesto para autónomos
- Cómo hacer un presupuesto en Excel, paso a paso
- Plantilla de presupuesto para empresa
- Herramientas gratuitas para hacer presupuestos
- Datos obligatorios de una factura
- Factura proforma frente a factura normal
- Contrato de prestación de servicios para freelance
- Presupuesto de obra, paso a paso
Fuentes y transparencia editorial
Este artículo lo firma el equipo editorial de PlantillaGratis. No hemos realizado encuestas, estudios de mercado ni pruebas propias, y no publicamos valoraciones de usuarios: cuando no hay un dato verificable, lo decimos en cualitativo en lugar de poner una cifra. El marco normativo citado procede de textos publicados en el BOE —Real Decreto Legislativo 1/2007, Real Decreto 1619/2012, Ley 37/1992, Real Decreto 439/2007, Ley 3/2004, Ley 9/2017, Ley 25/2013, Ley 18/2022, Real Decreto 1007/2023, Ley 1/2000 y Código Civil— y de la información publicada por la Agencia Tributaria.
La normativa fiscal cambia con frecuencia y los calendarios de entrada en vigor se han modificado más de una vez. Antes de emitir presupuestos o facturas con efectos económicos, contrasta los tipos, los porcentajes y los plazos vigentes con la sede electrónica de la Agencia Tributaria y con un asesor fiscal. Si detectas algo desactualizado en esta guía, escríbenos desde la página de contacto.